Prorrógase por treinta (30 ) días a partir del vencimiento del plazo que acuerda el artículo 2° de la Ordenanza 5524/83 para la adecuación de los mecanismos de los relojestaxímetros.-
Establécese un régimen especial de regularización y facilidades de pago, para los contribuyentes, responsables, agentes de retención o percepción, con las limitaciones que establece la presente, de las tasas, derechos y contribuciones establecidas en la Ordenanza Fiscal y Ordenanzas Especiales, para las obligacione sfiscales cuyos vencimientos para el pago se hubieran operado hasta el 10 de diciembre de 1983 inclusive, correspondientes a gravámenes determinados o no, recurridos o en estadfo de ejecución, que se presenten a regularizar su situación fiscal en los plazos que a tal efecto fije el Departamento Ejecutivo.
Remítase con carácter general las deudas que mantengan los Contribuyentes, agentes de retención y demas responsables por los tributos munioipales que a continuación se detallan correspondientes al periodo fiscal 1978: 1) Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública. 2) Tasa por Servicios Especiales de Limpieza e Higiene. 3) Tasa por Habilitación de Comercios E Industrias. 4) Derechos por Publicidad y Propaganda.- 5) Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene. 6) Derechos de Venta Ambulante. 7) Tasa por Inspección Veterinariae 8) Derechos de Oficina.- 9) Derechos de Construcción.— 10) Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos.— 11) Derechos de Explotación de Canteras, de extracción de arenas, cascajo, pedregullo, sal y demas minerales.— 12) Derechos a los Espéctáculos Públicos.— 13) Patentes de Rodados:- 14) Tasa por Control de Marcas y Señales.- 15) Derechos de Cementerio.- 16) Tasa por Servicios Varios.- 17) Contribución por Mejoras
Fíjase en la suma de pesos argentinos, dos millones trescientos seis mil novecientos once con cuarenta y ocho centavos ($a 2.306.911,48) el Presupuesto Extraordinario de Gastos del período 31/12/83 al 31/1/84, del Concejo Deliberante, de la Municipalidad de La Plata, de acuerdo ald etalle que figura en planilla anexa y forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Declárase de utilidad pública la obra de pavimentación denominada "La Plata 179" (ampliación expediente N° 4061-11369/83) que comprende la calle 530 de 7 a Camino General Belgrano de la localidad de Tolosa. Quedan, en consecuencia, obligados al pago de la misma los propietarios y/o poseedores de los inmuebles beneficiados por ellas.
Facúltase al Departamento Ejecutivo a construir rampas que faciliten el cruzado de calles y el acceso a edificios públicos para personas discapacitadas, como así también a la demarcación de zonas especiales para los mismos.
Otórgase al Consejo Escolar la suma de Pesos Argentinos NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO con SEIS centavos ($a 99,534,06), en carácter de subsidio.
Otórgase al Centro de Fomento Libertador General San Martín de la localidad de Abastro, el predio ubicado entre las calles 522, 523, 210 y 211 de la mencionada localidad, en carácter precario por el término de un año, prorrogable hasta tanto se expida el Concejo Deliberante respecto del Expte. N° 0049 Letra C N° 004