Fíjase en la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS DIECISIETE ($138.183.917), el Presupuesto de Gastos de la Administración Central para el Ejercicio 2003, de acuerdo al detalle obrante en el Expte. N° 4061-000087/02 del Departamento Ejecutivo, de fs. 7 a fs. 26; formando parte del mismo las planillas analíticas de Sueldos Individuales, obrantes a fs. 30 a 44 y de Créditos Globales y las planillas del Presupuesto de Gastos Consolidado, obrantes de fs. 88 a 91 fs. y del Concejo Deliberante obrantes a fs. 5 y 6, que integra la presente.
Fíjase en la suma de PESOS VEINTISEIS MILLONES CIENTO SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS DOS ($ 26.161.902), el Presupuesto de Gastos de Administración y Erogaciones de Capital para el Ejercicio 2003 del Banco Municipal de La Plata, de acuerdo al detalle obrante de fs. 45 a fs. 77 del Expte. N° 4061-000087/02 del Concejo Deliberante
Fíjase en la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS CATORCE ($ 1.218.314 ), el Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2003 de la Administración del Mercado Regional de La Plata, de acuerdo al detalle obrante de fs. 79 a fs. 87 del Expte. N° 4061-000087/02
Los conjuntos integrales de viviendas ejecutados y en ejecución en Jurisdicción de La Plata mediante operatorias del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires al momento de la sanción de la presente Ordenanza, deberán ajustarse para su aprobación y empadronamiento a las condiciones y requisitos que se establecen a continuación.
Acéptase la transferencia de dominio del bién denominado catastralmente como: Circunscripción TX, Sección G, Manzanas 187a, 187b y 187c, de acuerdo a lo establecido en la Ley Provincial N° 9533 y la Disposición Provincial N° 1886/97.
Facúltase al Departamento Ejecutivo para que proceda a incorporar a los registros pertinentes toda construcción destinada a uso residencial que hubiere excedido lo autorizado mediante el correspondiente permiso municipal de obra o que fuera realizada sin la autorización municipal. Los derechos de construcción que se liquiden por la superficie de la obra construida sin permiso, se acrecentarán en todos los casos con la adición de los incrementos porcentuales que se indican en la siguiente tabla.
Créase el Plan Alimentario Solidaño Piatense, destinado a sostener a los hogares indigentes del distrito, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2003.
Autorizase la colocación en la vía pública, de cestos para depósito de residuos domiciliarios de uso unifamiliar o multifamiliar, de acuerdo con lo establecido en la presente Ordenanza y su reglamentación.
Concédese a título gratuito al Centro de Jubilados y Pensionados Barrio Monasterio, Personería Jurídica N° 11287, el inmueble Municipal denominado catastralmente como: Circunscripción IX, Sección A, Manzana 69 M, Parcela 2, Partida 354340 del Plano 55-114-84.
Créase el Foro Permanente de la Cultura Platense, cuyas funciones consisten en promover toda expresión cultural de artistas locales, a saber: Músicos, Pintores, Cantores, Actores, Escultores, Literatos, Artesanos; quienes serán contratados Ad Honorem por parte del Municipio.