Condónase la deuda a la Asociación Pro Ayuda al Discapacitado Mental (A.P.A.Di.M.) que por la tasa Servicios Urbanos Municipales (SUM) mantiene con el municipio, correspondiente al inmueble de su propiedad ubicado en la calle 63 N° 631, identificado catastralmente como Circ. I; Secc. J; Manzana 670; Parcela 14b; Partida 43673, por el período 2004.
Condónase al Instituto de Psicopedagogía Especial la deuda generada hasta el año 2004, por la tasa de Servicios Urbanos Municipales (S:U.M.) y Contribución Especial por Pavimento de los inmuebles de su propiedad, con Partidas 7000/0000, 331361/0000, 48050/0000 y 104848/0000.
Autorízase la construcción de isletas separadoras de tránsito, sendas peatonales y las obras viales correspondientes, en la intersección de las calles 24, 65 y Diagonal 74.
Se entenderá práctica de piercing el procedimiento de decoración del cuerpo humano con objetos que consisten en la sujeción de éstos cuerpos atravesando la piel, mucosas y/o tejidos corporales, no incluida la perforación de oreja realizada mediante técnicas de sujeción de pendientes de forma automática, estéril y de un solo uso.
Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectuar un canje de semovientes entre el Zoológico de la Jungla del Parque Intra Petapa de Guatemala y el Jardín Zoológico de La Plata: El Zoológico de la Jungla del Parque Intra Petapa-Guatemala ofrece:V.Unitario V.Total 2/4 Mono Araña (Ateles geoffrogyi); 11 Pajuil (Crax rubra). El Jardín Zoológico de La Plata entregará: 15 Flamenco Austral (Phoenicopterus chilensis).
Procédase a la registración de la donación del bien, de acuerdo con lo establecido en la Ley Provincial N° 9533/80, identificado Catastralmente como: Circunscripción II, Sección B, Chacra 59, Manzana 59j, Parcela 4, con destino a espacio verde y libre público por plano de mensura, división y cesión de calles y ochavas característica 55-176-2003, ubicada en la esquina de las calles 36 y 147.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar la apertura de la rambla existente sobre la Avenida 7, en las intersecciones con las calles 77 y78 bis de la localidad de Villa Elvira.
Ratificase el Contrato de Locación de Obra celebrado entre la Municipalidad de La Plata y la Fundación Rumbos Delegación La Plata con fecha 11 de mayo de 2004, de acuerdo con las cláusulas establecidas en el Anexo I, que pasa a formar parte de la presente.
Facúltase al Departamento Ejecutivo para que proceda a incorporar a los registros pertinentes toda construcción que hubiere excedido lo autorizado mediante el correspondiente permiso municipal de obra o que fuera realizada sin la autorización municipal. Queda comprendida en esta norma, toda construcción concluida o en estado de ejecución, tal que posea totalmente definidas las etapas de obra que delimitan su volumen a edificar o edificado, a la fecha de publicación de la presente Ordenanza y que además corresponda a edificaciones pertenecientes a Clubes de escala barrial, Asociaciones Culturales, Deportivas, de Fomento y Centros para la Tercera Edad, inscriptas en el registro correspondiente como “Entidades de Bien Público” con anterioridad a la publicación de la presente Ordenanza y cuyas construcciones se emplacen en terrenos de su propiedad con título inscripto a su nombre a la fecha de la publicación de la presente.