- AR AGMLP CD-or-2004_09871_RDP
- Unidad documental
- 38350
Parte deConcejo Deliberante
Modificase el Artículo 2° de la Ordenanza 9257
Concejo Deliberante
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Parte deConcejo Deliberante
Modificase el Artículo 2° de la Ordenanza 9257
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Derógase los Incisos 2 y 3 del Artículo 1°, el _ Capítulo II y los Artículos 8°,
9° 10° y 11° y el Capítulo II y los Artículos 12°, 13°, 14°, 15° y 16° de la
Ordenanza 8795.
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Incorpórase al Centro Comunal Lisandro Olmos, la zona comprendida
entre las calles 176 a 179, y de calle 36 a 38, conocida como Barrio
Guemes.
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Autorizase al Departamento Ejecutivo a disponer, por donde corresponda,
de los medios materiales y humanos, a efectos de contribuir a la
restauración del Teatro “La Nona” de nuestra ciudad.
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Confórmase la Comisión Especial de Estudio y Determinación de la
“Tarifa Estructural” y la “Tarifa de Interés Social” para el servicio de
Provisión del Agua Potable en el Partido de La Plata.
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Dispónese la adhesión de la Municipalidad de La Plata, al régimen dispuesto
por los Artículos 1° y 2° de la Ley Provincial 13.280 con las adecuaciones y
modificaciones que se establecen en la presente Ordenanza.
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Establécese el siguiente cuadro tarifario para el servicio de coches
taximetros:
" Bajada de bandera $ 1,40
" Ficha cada 130 metros $ 0,11
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Amplíase el Area Urbana en el sector comprendido por las calles 156,
161, 62 y 70.
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Adherir a lo establecido en el Artículo 7° de la Ley 13.011 y en el
Decreto 3.171/02, reglamentado por la Resolución 41/03 del Ministerio de
Economía Provincia, de reestructuración de deudas Municipales con el Banco de la Provincia
de Buenos Aires.
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Apruébase la localización de un emprendimiento de carácter integral de
viviendas, en los predios designados Catastralmente como: Circunscripción
VI, Sección T, Fracción I, Parcela 1 y Circunscripción VI, Parcela 946, asignándose a dichos
predios el carácter de Distrito de Urbanización Integral Residencial de Baja Densidad 1
del Área Complementaria -C/DUIR
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