Autorízase al D.E a invertir hasta la cantidad de tres mil pesos moneda nacional para la construcción de un puente en la calle 143 y 46 y fijar para el mismo el material de hierro de uno de los puentes tipo americano existente en los depósitos de la Municipalidad.
Exonérase de los impuestos de alumbrado, barrido y limpieza, desde la promulgación de la presente ordenanza, el terreno ubicado en las calles 48, 49 entre 21 y 22, ocupado por el Club Atlético "Huracán"
Prorrógase, a título gratuito, la concesión del nicho nª 31 - Arcada F - Secicón 2ª del Cementerio de esta ciudad, que guarda los restos del Dr. Vicente Villamayor, por el término de diez años a contar desde la fecha.
Autorízase al D.E para invertir hasta la suma de Ciento cincuenta pesos moneda nacional, en el pago de los gastos ocasionados para dar sepultura a los restos del escribano señor Bernardino V. Conti.
Exonérase al Club Gimnasia y Esgrima de esta capital del pago del impuesto que establece el Art. 94 de la Ordenanza general de impuestos vigente, correspondiente a la rifa que a beneficio de dicha institución, se sorteará de acuerdo con la Lotería Nacional el 24 de diciembre del corriente año.
Amplíase hasta la cantidad de ocho mil pesos moneda nacional, la autorización conferida a la Presidencia por el Honorable COncejo, en la Ordenanza Nª 54 del corriente año.
Se autoriza al D.E para que de acuerdo con el decreto del Superior Gobierno de la Provincia de fecha 3 de junio de 1916 (Exp. J Nª 25 y L Nª 134 de 1920) gestione ante el mismo la remisión del pedregullo y cordón de piedra en la cantidad que el mismo decreto determina entregar a la Municipalidad de La Plata.
Como homenaje a la República hermana en el Centenario de su Independencia, denomínase con el nombre de Estados Unidos del Brasil la calle 49 de este municipio.
Acuérdase por una sola vez al Centro y Biblioteca "Sarmiento" la suma de doscientos pesos moneda nacional con destino exclusivo a la adqusición de libros para su biblioteca pública.