Decláranse de utilidad pública y de Interés General, y sujetas a expropiación la totalidad de las instalaciones efectuadas con motivo de la realización de la obra "Provisión de Gas Natural a barrio Los Hornos", en la zona comprendida entre las calles 58 a 66 y 131 a 139, y de la calle 135 desde 56 a 58, y 56 entre las de 135 y 136, de conformidad con el detalle que Surge ejecutado en los planos anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Autorízase al Departamento Ejecutivo, a suscribir un Convenio con la Universidad Nacional de La Plata, para la creación de un Programa de Trabajo, que contemple el estudio de las necesidades comunales, tanto científicas, económicas, culturales, sociales, tecnológicas y de organización administrativa, según el Acuerdo que como Anexo I, forma parte de la presente.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar la firma de un Convenio con la Universidad Nacional de La Plata, mediante el cual se conceden en préstamo a la Universidad de La Plata cinco (5) salones en el Pasaje Dardo Rocha, calle 6 entre 49 y 50 de esta Ciudad.
Autorizase al Departamento Ejecutivo a conceder permisos de uso de espacios en la vía pública para ser destinados a la venta, comercialización y ejercicio de la actividad comercial, de acuerdo a lo establecido en la presente Ordenanza.
Autorízase a la UNION PLATENSE DE ARTESANOS la organización de la "Feria Permanente de Artesanos de la Ciudad de La Plata", la que funcionará en el predio de La Plaza Italia en la ubicación y horario que determinarán las áreas competentes.
Concédese, con carácter precario, al señor Carlos Miguel Lombardo, la autorización para colocar una bomba surtidora de nafta en la Plaza Italia, sobre la prolongación de la línea de edificación, lado Nordeste de la calle 7.
El Departamento Ejecutivo autorizará la erección de un monumento a Don Luis Monteverde, en la Plaza Italia, en en el sector comprendido entre las calles 7 y 8.
Declárese de Interés Municipal la actividad artesanal urbana en el Partido de La Plata. El Departamento Ejecutivo deberá considerar tal circunstancia al elaborar sus políticas culturales referidas a la reglamentación de la presente.-
Facúltase al Departamento Ejecutivo a determinar el espacio en el cual se ubicarán los puestos de la Feria Artesanal de Plaza Italia los que no podrán asentarse sobre el espacio verde.
Acéptase la donación ofrecida por la Federación de Asociaciones Italianas de la Circunscripción del Consulado General de Italia en La Plata, consistente en una fuente escultórica a instalarse en la Plaza Italia de esta ciudad.
Procédase a colocar un busto y una placa, en homenaje a María Eva Duarte de Perón, donado por el bloque de Concejales Justicialistas, con transcripción del número de la presente ordenanza y la fecha correspondiente al mismo, en la plaza Moreno ubicado en el lugar señalado en el croquis que se adjunta.
Modificase el Artículo 2º de la Ordenanza 7492/90 que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 2º: Desígnase a la Plaza aludida en el artículo precedente con el nombre de "Francisco P. Moreno".
Autorízase al Departamento Ejecutivo a erigir un monumento en Memoria de Mariano Moreno, en la plaza que lleva su nombre, ubicada en las Calles 12 a 14 de 50 a 54.
Procédase a la erección de un monumento que perpetúe y honre la memoria de Mariano Moreno y que se ubicará en la plaza de la ciudad capital, que lleva el nombre del insigne prócer.
Autorícese en la Plaza Islas Malvinas, el emplazamiento de un monumento que en su desarrollo contenga los nombres completos de los 36 ex soldados conscriptos Ley 4301, ex combatientes del Regimiento 7 de Infantería Mecanizada de La Plata y la Décima Brigada, caídos durante la guerra en defensa de nuestra soberanía que se desarrollara entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 entre Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña.
Declárese SITIO DE LA MEMORIA a la Plaza lslas Malvinas y las dependencias del Centro Cultural Islas Malvinas que se encuentra en el predio de las calles 19 entre 50 y 54 de la ciudad de La Plata.
Autorízase a ex soldados del Regimiento N° 7, integrantes de la clase 1926, representados por el Sr. Martín Viteri, LE. 5.112.957, a colocar una placa recordatoria de su paso por la 5ta Compañía de Infantería, en el histórico portón de acceso ubicado en la Avenida 19 entre 51 y 53
Establécese que el día 14 de junio de cada año, la Municipalidad de La Plata realizará un acto de homenaje en memoria de los argentinos que dieron sus vidas en la guerra por la recuperación de las Islas Malvinas.
Constrúyase un cenotafio de piedra en el Paseo 9 de Julio de la Plaza Islas Malvinas, donde se grabarán los nombres de las treinta y dos (32) víctimas fusiladas en Junio de 1956, según nómina adjunta que como Anexo I pasa a formar parte de la presente.-
Designase con el nombre "Sala Madres y Abuelas de Plaza de Mayo", al salón de la calle 19 y 51 del Centro Cultural Islas Malvinas, colocando una placa en la entrada del mismo, con el texto: "SALA MADRES Y ABUELAS DE PLAZA DE MAYO" A 25 AÑOS DEL INICIO DE UNA LUCHA INCLAUDICABLE El Pueblo de La Plata Testimonia su Homenaje VERDAD Y JUSTICIA.-
Créase el Paseo 9 de Junio, en la Plaza Islas Malvinas, en el sector de la Avenida 53 y calle 20, según croquis adjunto que como Anexo I pasa a formar parte integrante de la presente.-
Procédase a la plantación de un ceibo, en la Plaza Islas Malvinas, ubicada en las calles 50 a 54 y 19 a 20, en homenaje a los soldados argentinos caídos en la Guerra del Atlántico Sur.-
Modifícase el artículo 5º de la Ordenanza 5887/85, el que que- dará redactado de la siguiente forma: "Artículo 50.- A la Plaza antes mencionada se la designará con el nombre de "Islas Malvinas".
Autorizase al Departamento Ejecutivo a colocar un busto del General Juan Domingo Perón y a realizar la obra complementaria para su emplazamiento, junto al busto de la Señora María Eva Duarte de Perón, ubicada en la Plaza Moreno, donada por el Partido Justicialista de la Ciudad de La Plata.
Adhiérese la Municipalidad de la Ciudad de Eva Perón, a los objetivos fundamentales y generales del Segundo Plan Quinquenal de la Provincia de Buenos Aires, a cumplirse entre el 1º de enero de 1953 y el 31 de diciembre de 1957.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar la venta entre la Dirección del Paseo del Bosque y Jardín Zoológico de esta comuna y el Zoológico de Hurlinghan de 1 faisan orejudo azul por la suma de DOSCIENTOS PESOS.-
Prohíbese el acceso y egreso vehicular en los siguientes sitios del Paseo del Bosque y de acuerdo al Anexo I, que forma parte de la presente: a) Acceso a la Avenida Iraola desde la Avenida 69. b) Calle 118 en su intersección con Avenida Iraola. c) Avenida Centenario en su intersección con Avenida Iraola, en la rambla frente al Club Gimnasia y Esgrima. d) Calle 115 en su intersección con la calle 58. e) Calle 57 en su intersección con la calle 115.-
Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones elaborado por el Departamento Ejecutivo, tendiente a regir el acto licitatorio destinado a lograr la contratación del diseño, construcción, ornamentación, amoblamiento y explotación en el ámbito del Paseo del Bosque de la ciudad de La Plata, de UNA (1) Unidad Comercial, de acuerdo a lo establecido en el Anexo I, que forma parte de la presente.
Dispónese el traslado y emplazamiento del JARDIN DE LA PAZ ubicado en el Paseo del Bosque comprendido por las avenidas Iraola y Centenario y las calles internas que son prolongaciones de Reforma Universitaria y N. Cuccolo, al sector de la Plaza San Martín comprendido en la calle 50 entre 6 y 7.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir un Convenio con el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires a los efectos de proceder al saneamiento del Lago del Paseo del Bosque de la ciudad de La Plata, recuperación de la flora de los espacios verdes, Parque Saavedra y mejoramiento del Jardín Zoológico de esta ciudad, de acuerdo al Convenio que corre agregado como Anexo l.
Autorízase en carácter precario la construcción de un quincho en el predio que ocupa en forma precaria el Club Gimnasia y Esgrima de La Plata, de propiedad municipal, el Paseo del Bosque de esta ciudad.
Desígnase con el nombre de PLAZA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, al sector del Paseo del Bosque comprendido entre las calles Avenida Iraola, Centenario, 115 y calleja Nicolás Cúccolo.
Autorízase al D.E. para llamar a licitación a fin de otorgar la concesión para la venta de golosinas y bebidas no alcoholicas, alquiler de patines y mantenimiento de instalaciones sanitarias en los kioscos de la pista de patinaje del Paseo del Bosque, que se habilitarán al efecto.-
Procédase a efectuar la siembra de alevinos de pejerrey en el lago del Bosque y por intermedio de la dependencia que corresponda, y en la cantidad que los técnicos de la misma determinen.
Autorízase la construcción de DOS ( 2 ) locales en el Paseo del Bosque, destinados uno a Administración y Control y el otro a baños linderos a la pista de patinaje construida entre las calles 50 y Avenida 52.
El D.E promoverá los trámites tendientes a recibir el bien comprendido en la reserva parque (Paseo del Bosque) transferido a la Municipalidad por la Ley 6183.
Impónese el nombre de "República de Francia" al espacio del Paseo del Bosque ocupado por el Lago, "Teatro MARTIN FIERRO" y La Gruta, que se encuentra circundado por las callejas "Juan Prossi" y "Nicolás Cíccolo"
Desígnase con el nombre de NICOLAS CUCCOLO, la calleja del Paseo del Bosque que, partiendo desde las calles 57 y 115, circunda el parque adyacente al lagos, pasa frente al edificio del Teatro Martín Fierro y desemboca en la Avenida Iraola, a la altura donde está ubicado el Museo.-
Designase con el nombre de JUAN PROSSI la calleja del Paseo del Bosque, que partiendo desde las calles 57 y 115, circunda el campo de deportes del Club Estudiantes de la Plata y desemboca en la Avenida Iraola, frente al portón principal de entrada al Jardín Zoológico.-
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1960, el permiso otorgado a favor del señor FRANCISCO UHALDE para la explotación del negocio de confitería, ubicado en el Paseo del Bosque, calles 57 y 115.-
Autorízase al D.E., a llamar a licitación pública a los efectos de adjudicar los trabajos de reparación de la Torre, techado del Salón de Actos y del Recinto del Concejo Deliberante del Palacio Municipal.
Autorízase al D.E., para que gestione del Superior Gobierno de la Pcia, un Subsidio con destino a la construcción de un nuevo Palacio para la Municinalidad de La Plata (Departamento Ejecutivo) con miras a utilizar el existente, exclusivamente a Dependencias del Concejo Deliberante, y donde podrá funcionar, además a el Museo Histórico Municipal, Museo de Bellas Ártes Municipal, Radio Municipal, Bibilioteca Pública, Salón de Actos.-
Apruébase el Convenio entre la Municipalidad de La Plata, la Universidad Nacional de La Plata, a través del cual el Instituto de Limnología (UNLP-CONICET) y la Cátedra de Hidrología de Ciencias Naturales y Museo conjuntamente con la Secretaría de Planeamiento Urbano y Desarrollo Económico y los propietarios de los predios objeto de estudio, colaboraran en el desarrollo de dicho acuerdo que tiene por objetiva aportar información sobre el Arroyo del Gato, el que como Anexo
Institúyese por la presente Ordenanza el Jardín de los Escritores, en la Avenida Iraola del Paseo del Bosque, frente a las instalaciones del Museo de Ciencias Naturales de La Plata, en el lugar en que actualmente se hallan emplazados los bustos de los escritores Francisco López Merino y Roberto Themis Speroni.
Apruébase el Convenio oportunamente suscripto con la Facultad de Ciencias Naturales y Museo de la Universidad Nacional de La Plata — Centro de Estudios Parasitológicos y de Vectores (CCT-CONICET La Plata — UNLP) a través del cual se acuerda la implementación del Programa de Prevención, Control y Atención de Dengue y Chikungunya, el que como Anexo | forma parte del presente.-
Apruébese el Convenio oportunamente suscripto entre la Municipalidad de La Plata y Facultad de Ciencias Naturales y Museo de la Universidad Nacional de La Plata a través del Centro de Estudios Parasitológicos y de Vectores, para la implementación de un Programa de Prevención, Control y Atención del Dengue, el que como Anexo I pasa a formar parte integrante de la presente.-
Libérase a la Parroquia San Ponciano del pago del derecho que le corresponde por ocupación de la vía pública en la obra que realiza en la calle 5 y 47, cuyos antecedentes obran en el expediente letra I, número 223/945.-
Autorízase el traslado de los restos del Canónigo Guido de Andreis, del Cementerio Local a la Iglesia de San Ponciano, para ser inhumados en el sitio que oportunamente designe el Señor Arzobispo de La Plata.-
Acéptase la donación con cargo efectuado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, del inmueble conocido históricamente como "Pasaje Dardo Rocha", ubicado en la Manzana identificada catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Manzana 393, con una una superficie total de 6.138,20m2.
La serie documental está compuesta por las unidades documentales correspondientes a las publicaciones de las normas jurídicas - ordenanzas de naturaleza pública sancionados por el departamento legislativo municipal, en el ámbito de sus misiones y funciones.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar una Prueba Piloto de Ciento Ochenta (180) días, que consistirá en establecer como manos únicas de circulación las calles paralelas comprendidas entre el Camino centenario y la calle 15 a ó Sarmiento, de las Diagonales 91 ó 19 de Noviembre, 92 ó 25 de Mayo y 93 ó 9 de Julio y manteniendo el doble sentido de circulación en las Diagonales 3 o Jorge Bell y 4 o J.J. Urquiza, según el plano que se adjunta como parte de la presente.
Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar una transacción extrajudicial con la Señora Silvia Mabel Luna, D.N.I. 24.167.141, por la suma total de pesos Nueve mil ($ 9.000.-), en concepto de reparación económica por los daños ocasionados al vehículo automotor de su propiedad, marca Renault 19RN 206, dominio VKN925.
Ratificase el Convenio oportunamente suscripto con la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, a través del cual se crea un PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO PARA INFRAESTRUCTURA DE REDES PUBLICAS DOMICILIARIAS E INTRADOMICILIARIAS DE SERVICIOS BASICOS, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y/O EQUIPAMIENTO COMUNITARIO, de acuerdo a lo establecido en el Anexo l, que pasa a formar parte de la presente.
Autorizase al Departamento Ejecutivo a celebrar un Convenio con la Universidad Nacional de La Plata, a los fines de que la Dirección de Cementerio proceda a la entrega de piezas Óseas provenientes de cadáveres debidamente identificados, sepultados en el Osario Común, de acuerdo a lo dispuesto en las normas vigentes.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar una transacción extrajudicial con la Sra. Graciela Alicia Verza, D.N.I. 16.100.609 y el Sr. Daniel Guillermo Ostrofsky, D.N.I. 10.659.885, por la suma de pesos cuatro mil novecientos setenta y ocho ($ 4.978,00), atento a las consideraciones obrantes en el Expediente nº 4061-76107/06.
Fíjase en la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES ($279.437.553), el Presupuesto de Gastos de la Administración Central para el Ejercicio 2007, de acuerdo al detalle obrante en el Expte. N° 4061-095144/06 del Departamento Ejecutivo, de fs. 8 a fs. 27; formando parte del mismo las planillas analíticas de Cargos de Planta Permanente, de fs. 31 a fs. 34; de Créditos Globales y las Planillas del Presupuesto de Gastos Consolidado a fs. 49 y la correspondiente a lo establecido en el Artículo 3º de la Ley N° 13295, a fs. 53; y del Concejo Deliberante obrantes a fs. 6 y 7, todo ello de conformidad con el siguiente detalle: (se adjunta el detalle del Presupuesto)
Autorízase a la Parroquia Nuestra Señora de los Milagros a entronizar una imagen, réplica de la Virgen de Luján, en la rambla de la Avenida Arana entre las calles 2 y 3 de Villa Elisa, según ubicación y características constructivas que como Anexo I forman parte de la presente.
Acéptase e instáurese como Escudo oficial de la localidad de Villa Elvira, el diseño elaborado por los alumnos de 6º Año E.G.B. Nº 27 “Crucero General Belgrano”, que como Anexo I forma parte de la presente.
Suspéndanse, por el término de noventa (90) días, las autorizaciones de localizaciones y habilitaciones de emprendimientos agropecuarios, conocidas como engorde de ganado a corral o FEED LOT, en la zona aledaña a las calles 640 entre 140 y 137 de la localidad de Arana, debiendo la autoridad provincial competente realizar un estudio de impacto ambiental, conforme lo establece la Ley Provincial Nº 11723 CAPITULO II DE LOS INSTRUMENTOS DE LA POLÍTICA AMBIENTAL DEL PLANEAMIENTO Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL, Artículo 8º Incisos 3 y 10 Anexo II y Ley Provincial Nº 12247/99 de Protección del Arroyo del Pescado.
Autorízase al Departamento Ejecutív5 a aceptar la donación efectuada por la Fundación Ciudad de La Plata, con destino a la Dirección República de los Niños, de los elementos que a continuación se detallan: (se adjunta el detalle de los bienes donados)
Autorizase al Departamento Ejecutivo a aceptar la donación efectuada por la Fundación Ciudad de La Plata, con destino a la Dirección República de los Niños, de los elementos que a continuación se detallan: (se adjunta el detalle de los bienes donados)
Autorizase al Departamento Ejecutivo a celebrar Acuerdo con la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires a efectos de realizar tareas de “Repavimentación y ensanche de la RP 13 entre RP 36 y RP 2”, el que como Anexo 1 formar parte integrante de la presente.
Autorizase al Departamento Ejecutivo a aceptar la donación efectuada por el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, del elemento que a continuación se detalla, con destino a la Dirección de Cultura:
Modificase el Artículo 2 de la Ordenanza Nº 9146, el que quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 2º. Se establecerán cincuenta (50) becas anuales desde el mes de marzo hasta mes de diciembre de cada ciclo lectivo, de Pesos Doscientos ($200) mensuales cada una”
Apruébese el Convenio marco de colaboración, oportunamente suscripto entre el Municipio y la Subsecretaría de Atención de las Adicciones del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, el que como ANEXO 1 pasa a formar parte integrante de la presente, con los alcances y condicionamientos establecidos en la Ley 13178.